Caídas y Resbalones
DEFENDIENDO LOS DERECHOS DEL PUBLICO EN MIAMI Y HOMESTEAD
En el Estado de Florida, toda persona que se lesiona en la vía pública o en el interior de lugares de afluencia de público, por una caída, tropezón o resbalón, producto de una falla en la seguridad o descuido en el mantenimiento del lugar, tiene derecho a una indemnización.
- Muchas veces peatones y paseantes se convierten en víctimas de lesiones fruto de tropiezos, caídas y resbalones, ya sea en una acera, realizando actividades al aire libre, o en el interior de edificios pertenecientes a instituciones o empresas públicas o privadas como ser centros comerciales, restaurantes, centros de salud, instituciones educativas, etc. Una superficie resbalosa, una alfombra con un hoyo, una baldosa o un pasamanos flojos, etc. constituyen peligros latentes, que pueden devenir en tropezones, caídas y resbalones e implicar lesiones de diversa envergadura.
- Los propietarios y encargados de los lugares abiertos al público tienen la obligación legal de mantener ciertos estándares de seguridad en sus espacios, a fin de evitar este tipo de accidentes.
- A su vez, las personas que circulan por estos lugares deben cumplir con la ley, y circular tomando en cuenta peligros obvios, y haciendo uso debido de elementos como ascensores y escaleras eléctricas.
Una persona que se accidenta en la vía pública o en un sitio abierto al público puede acceder a importantes beneficios:
- una indemnización por una suma global libre de impuestos
- reembolso o cobertura por gastos médicos incurridos o a incurrir
- cobertura por gastos de rehabilitación física
- compensación por pérdida de ingresos
- daño moral

¿Sobre qué bases puedo acceder a una indemnización por un resbalón, caída o tropezón en un lugar público?
- Para hacer al propietario de un lugar responsable por un accidente, es necesario probar que su descuido, su falta de mantenimiento del lugar, etc. haría predecible el acaecimiento del accidente en cuestión. O sea, una demanda por lesiones como resbalones, caídas o tropezones siempre tiene como presupuesto la falta de condiciones de seguridad del lugar donde se produjo el accidente, condiciones que, de haber sido anticipadas, lo hubiesen evitado.
- En muchos casos, será su abogado quien pueda comprobar la negligencia demostrando que el acusado violó un estatuto relevante, como algún código de construcción.
- Igualmente, si está dentro de sus posibilidades es aconsejable que procure tomar fotografías de la escena del accidente, de sus lesiones visibles, y de cualquier elemento de su propiedad que haya sido dañado en el mismo accidente. Aunque las fotos no son imprescindibles para establecer su reclamación, siempre pueden resultar útiles para probar puntos específicos en discusión.
- Tenga en cuenta que, como también es posible que su propia conducta haya sido el hecho generador de la caída, tropezón, o resbalón que derivó en lesiones, es importante que antes de iniciar acciones legales contra el propietario de un lugar, se asegure de que el siniestro no fue provocado por su propio descuido. A diferencia de lo que ocurre con peatones que sufren accidentes de tránsito en la vía pública y que pueden recibir indemnización a pesar de su propia conducta negligente, la negligencia propia no está cubierta en el esquema legal de indemnizaciones por resbalones, caídas y tropezones en la vía pública o lugares de afluencia de público en el Estado de Florida.
- Tenga en cuenta que existe un límite de tiempo para presentar un reclamo de este tipo, luego del cual le será más difícil acceder a una compensación.
- Aunque lo más aconsejable en estos casos es actuar con prontitud, no se apresure a firmar ningún formulario o acuerdo de indemnización con los responsables del lugar donde se produjo su accidente, sin asesorarse previamente con un abogado especializado. A veces se tiende a minimizar el resultado de un accidente en un lugar público, pero lo que en principio parece un simple tropezón, caída o resbalón, puede terminar revistiendo mayor gravedad de la originalmente advertida, y de no estar asesorado correctamente, Ud. podría perder el derecho a una parte importante de los beneficios que por ley le corresponden.
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Si tiene preguntas sobre accidentes en lugares públicos como en Miami o Homestead, o si usted o un familiar han sufrido lesiones fruto de un resbalón, una caída o un tropezón en un lugar de acceso público, no dude en ponerse en contacto con Leonard Valdés de Miami Abogado de Accidentes, a los efectos de conocer sus derechos y asegurarse de recibir los beneficios a los cuales tiene legítimo derecho.
Llame al 305-567-0910 o utilice este formulario de contacto en línea para empezar con su demanda por accidentes y lesiones sufridas en la vía pública o en lugares abiertos al público.