Accidente de Trabajo

Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Defienda sus derechos, proteja a sus seres queridos en Miami y Homestead, con abogados especializados en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de su lado. Todo trabajador que desarrolla una enfermedad profesional o sufre lesiones en su lugar de trabajo, o sus familiares en caso de fallecimiento, tienen derecho a una indemnización.

  • Muchas veces los trabajadores se convierten en víctimas de lesiones personales o desarrollan enfermedades profesionales. En el Estado de Florida, se solicitan aproximadamente $100,000 compensaciones al año por lesiones sufridas en el trabajo o enfermedades desarrolladas a partir de diversas actividades laborales.
  • Los trabajadores cuentan con una extensa protección legal bajo los Estatutos de la Florida que requieren que los empleadores con cuatro empleados o más tengan una póliza de seguros para cubrir las lesiones relacionadas al trabajo.
  • Aunque obviamente los trabajadores deben cumplir con la ley y obedecer la normativa en materia de seguridad laboral, la compensación por accidentes y enfermedades laborales no considera la eventual conducta culposa o incluso culpable del trabajador. De ahí, la posibilidad de que incluso un accidente acaecido por culpa o imprudencia del trabajador pueda dar lugar a una indemnización.
  • El programa de indemnización cubre una amplia variedad de lesiones que surgen no sólo de los accidentes sino también enfermedades profesionales, esto es, dolencias que ocurren durante un período de tiempo como resultado de la exposición a sustancias tóxicas (arsénico, mercurio, plomo, amianto, benceno, etc.), por condiciones medioambientales adversas (ej. deterioro de audición causado por el ruido) o por el movimiento repetitivo del cuerpo, entre otras causas.

Un trabajador accidentado o víctima de una enfermedad profesional puede acceder a importantes beneficios:

  • una indemnización por una suma global libre de impuestos
  • reembolso o cobertura por gastos médicos incurridos o a incurrir
  • compensación por salarios perdidos
  • cobertura por gastos de rehabilitación física
  • compensación por pérdida de ingresos
  • pérdidas futuras producto de la incapacidad de ganar un salario
  • daño moral
  • compensación por muerte para el cónyuge y dependientes supervivientes
No olvide que el accidente del que puede llegar a ser víctima un trabajador puede acabar siendo sumamente relevante (fracturas traumáticas, pérdida o inutilización de miembros, lesiones de la médula espinal, lesiones cerebrales, etc.). Lo mismo sucede en el caso de las enfermedades profesionales, ya que estas pueden abarcar condiciones diversas, algunas de las cuales pueden no ser graves como el síndrome del túnel carpiano, y otras que pueden revestir mayor gravedad como las lumbalgias, las dermatitis alérgicas, las enfermedades pulmonares o incluso determinar el desarrollo de enfermedades tan serias como algunos tipos de cáncer. Leonard Valdés de Miami Abogado de Accidentes, le ofrece evaluar gratuita y confidencialmente su caso.

¿Qué hacer ante un accidente de trabajo?

  • Cuando reporte su accidente, usted debe solicitar que la atención médica que reciba se autorice a través del seguro de Compensación de Trabajadores de su empleador.
  • Tratándose de una emergencia y en los casos en que no haya habido tiempo de ponerse en contacto con la compañía de seguros antes de recibir los primeros auxilios, Ud. igualmente estará cubierto, siempre y cuando el tratamiento esté relacionado con las lesiones sufridas en el accidente de trabajo y haya tenido lugar en las primeras 24 horas de producido el accidente. La ley dice que el proveedor de atención médica debe reportar el tratamiento de emergencia dentro de las 24 horas, aunque es aconsejable que Ud. también lo haga.
  • Si usted solicita el tratamiento médico y se le niega o ignora, usted tiene derecho a consultar a un médico de su elección y el empleador y la compañía de seguros serán responsables del costo del tratamiento relacionado con su accidente de trabajo.
  • Tenga presente que toda la atención médica necesaria para tratar la lesión relacionada con el trabajo es siempre gratuita para el trabajador lesionado hasta que ha llegado al punto de mejoría máxima.
Ademas

  • No se apresure a firmar ningún formulario o acuerdo de indemnización sin asesorarse previamente con un abogado especializado en accidentes: de acuerdo con la normativa de Miami, Ud. cuenta con un plazo de 30 días para dar aviso formal a su empleador de su accidente de trabajo.
  • Su empleador puede solicitarle firmar el Primer Aviso de Lesiones, que es un formulario que éste debe enviar a su compañía de seguros enumerando algunos detalles del accidente. Es importante que se asesore con un abogado especializado antes de llenar ese formulario ya que la compañía de seguros se puede negar a dar cobertura por todo lo que no esté incluido en el mismo. A veces se tiende a minimizar el resultado de un accidente de trabajo, para más tarde advertir que revestía mayores implicancias que las originalmente advertidas. En este sentido es fundamental contar con la asistencia de un profesional de la talla de Leo Valdés que además de ser un abogado especializado, es quiropráctico. Esto lo hace el profesional ideal para entender su caso y maximizar su reclamo.
  • Si está dentro de sus posibilidades es aconsejable que procure tomar fotografías de la escena del accidente, de sus lesiones visibles, y de cualquier elemento de su propiedad que haya sido dañado en el mismo accidente. Si Ud. está imposibilitado, es posible que un colega pueda hacerlo por Ud. Aunque las fotos no son imprescindibles para establecer su reclamación, siempre pueden resultar útiles para probar puntos específicos en discusión.

¿Qué hacer si piensa que ha desarrollado una enfermedad profesional, pero no está seguro?

  • Ud. cuenta con un plazo de 30 días para notificar a su supervisor o empleador del desarrollo de su enfermedad. Si Ud. no tiene la certeza de que su enfermedad fue causada por el trabajo, igualmente puede informar de su condición a su supervisor o empleador, dentro de los 30 días de la fecha en que se dio cuenta de que su enfermedad está relacionada con el trabajo.
  • El plazo es de 90 días si la enfermedad que ha desarrollado es característica de la actividad de su sector (ej. mineros del carbón que desarrollan la condición conocida como Pulmón Negro).

Estamos Aquí Para Ayudar

Si tiene preguntas sobre la compensación y su empleador o su compañía de seguros se niega a otorgarle los beneficios que le corresponden, Leonard Valdés de Miami Abogado de Accidentes puede explicarle cómo funciona el programa de indemnización por accidentes de trabajo en la Florida y asegurarse de que reciba los beneficios a los cuales tiene legítimo derecho.

Llame al 1-305-567 0910 o utilice este formulario de contacto en línea para empezar con su demanda por accidentes y lesiones sufridas en su lugar de trabajo. Evite perder sus derechos. Tenemos oficina en Miami y Homestead.

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TESTIMONIOS

El abogado Valdes es muy professional. Despues de un accidente de carro uno tiene muchas dudas y preguntas. Desde principio a fin siempre estuve informado sobre mi caso.
Enrique E Castillo

My experience was great. I spoke with the attorney directly and my case was resolved quickly. My questions were answered and in a way that I could understand not in typical legal jargon.
Gloria M Beauchamp

No esperes más, Miami Abogado de Accidentes puede luchar para obtener la compensación que mereces.